martes, 28 de julio de 2015

El Esequibo para principiantes

Por Macario Sandoval 28/07/2015. Los derechos de Venezuela sobre el territorio de la Guayana Esequiba, están más claros que el agua cristalina de nuestras  lagunas parameras, ya que el Imperio Español ocupante de aquellos espacios geográficos, desde siempre mantuvo la postura, respecto a otros países europeos como Holanda y Gran Bretaña, que La Capitanía General de Venezuela creada por  Real Cédula de la Monarquía Española, comenzaba desde la parte Occidental del Río Esequibo, e incluso  mapas que Francisco de Miranda, manejo para la propuesta de su idea de Nación Columbea, el territorio de Venezuela inicia a partir del Esequibo como parte de la Provincia de Guayana correspondiente para entonces a La Capitanía General.

Pero además de ello, es importantísimo  aquel acto de creación de la República declarada libre e independiente, por el Primer Congreso Constituyente, creador igualmente de la Primera Constitución Republicana (21/12/1811), acogiendo el principio universal  del UTI POSIDETIS IURIS; a través del cual asume y se declara poseedora de los mismos espacios geográficos que mantuvo y correspondían a la Institución bautizada por la Corona española como Capitanía General de Venezuela desde 1777.

 Territorio que luego de dolorosas y gloriosas batallas como la del Campo de Carabobo (24 de Junio de 1821) fue confirmado como el espacio que desde entonces comenzó a ser reconocido como República de Venezuela; y con la incorporación de la octava estrella a nuestra Bandera Tricolor que corresponde a la provincia de Guayana, por Decreto del Libertador Simón Bolívar, ahí se reafirma que ese espacio que arranca del Esequibo Occidental es de la legitima propiedad del territorio que ha correspondido desde siempre y para siempre a la República Bolivariana de Venezuela y como si fuera poco, Colombia originaria, conformada por Ecuador, Nueva Granada y Venezuela, igualmente sus limites con la Guyana Británica, era a partir del lado occidental del Río Esequibo, gran República que fue reconocida su independencia por Europa y Los Estados Unidos.

En cuanto al llamado Laudo Arbitral 3 de octubre de 1899, acto  nulo de toda nulidad, por haber sido despojo en componenda de madre e hijo (Gran Bretaña y Estados Unidos), quienes se acordaron para sin pruebas convincentes o derecho alguno asignarse esos 159.542 kilómetros de territorio Venezolano a los ingleses. Patraña que quedo al descubierto con el Documento del abogado estadounidense Severo Mallet-Prevost, quien fue testigo de excepción de aquel despojo;  y que éste pidió fuera leído después de su muerte (1949) donde entre otras cosas dice:-“fue un acuerdo político entre las partes que ventilaban el asunto”; es decir, ante tamaña indefensión de Venezuela, los términos de ese Laudo despojador  no tiene ni una sombra de legalidad.

 Reclamo que solo  pudo ser escuchado en las Naciones Unidas en 1962, donde el Canciller de Venezuela para entonces, expuso  con lujos de detalles aquel exabrupto, lográndose que en 1966, días antes de que Inglaterra diera la Independencia a la Guyana; La gran Bretaña convino con el Estado Venezolano en revisar los términos bochornosos de aquel irrito Laudo, firmándose el 17 de febrero de 1966.

 El Acuerdo de Ginebra (Suiza), acuerdo que igualmente acepto el recién creado Estado y gobierno guyanés, en el momento que lograba su independencia el 26 de mayo del mismo año, bajo el Nombre de República Cooperativa de Guyana, que comprendía y comprende el área geográfica que España había cedido a Holanda y esta a su vez a  los Ingleses y que siempre fue, como es del lado oriental de la línea divisoria del Río Esequibo.

Aquí es importante destacar, que si bien es cierto Venezuela reconoció la independencia legitima de la República Cooperativa de Guyana; también  dejo bien claro, que éllo, no disminuye derecho territoriales que Venezuela  tiene a partir de la línea media del Río Esequibo desde su nacimiento hasta la desembocadura del Océano atlántico.

Corolario: Los términos del Acuerdo de Ginebra, demarcaron con claridad meridiana, que ninguna de las partes, puede disponer de esos espacios, ni cederlos a terceros, hasta tanto no se definan el fondo del asunto, que no es otro que determinar quien es el legítimo dueño de ese vasto territorio; que como hemos visto es sin duda alguna parte integral de la Patria que nos legaron nuestros Libertadores.

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(Coordinador Cunade/UNESR).

FUENTE APORREA

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